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Investigación de accidentes e incidentes ocurridos en Planta (Asesoría y participación)

El empleador se encuentra obligado a reportar al MTPE y a la SUNAFIL todos los accidentes de trabajo e incidentes peligrosos que hayan ocurrido en la empresa, empleando el formato respectivo, dentro de las veinticuatro (24) horas, debiendo formular la investigación de accidentes dentro de los próximos diez (10) días. Esta actividad puede mitigar cualquier tipo de infracción, siempre y cuando se cuente con los documentos probatorios, como son:

  • Orden de trabajo de la actividad y tarea por realizar
  • ATS de la tarea por realizar
  • Permiso de Trabajo si se trata de trabajos críticos o de riesgo
  • Acta de entrega del EPP respectivo
  • Registro de Accidente de Trabajo
  • Registro de inducción general
  • Registro de inducción especifica
  • Registro de capacitación y entrenamiento
  • Constancia de Capacitación recibida
  • IPERC de la actividad y tarea que se estaba realizando
  • Planificación de la Actividad Preventiva
  • Croquis del Accidente y/o Incidente peligroso
  • Manifestación de los testigos

Contamos con los mejores especialistas para hacerse cargo de la investigación solicitada.

¿Qué hacer en caso de accidente de trabajo?

El Jefe de Seguridad y Salud, pondrá en práctica el Manejo de Crisis. Asesora inmediatamente a la gerencia general, a fin de que el reporte de accidente de trabajo y/o incidente peligroso, sea dligenciado en forma oportuna y se remita al MTPE y SUNAFIL, respectivamente dentro de las veinticuatro (24) horas

Los testigos deberán proporcionar información fidedigna, a fin de no incurrir en falta grave, según lo señala el PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD, la misma que establece que todos deben proporcionar información completa y veraz sobre la materia.